PRIMERO: INADMISIBLE la pretensión de amparo constitucional incoada por el ciudadano LUIS ALBERTO LIZCANO REYES, asistido por el abogado JUAN ALBERTO RUBY, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de Transito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en fecha diecinueve (19) de Septiembre de 2018, en el juicio que por FRAUDE PROCESAL, sigue el ciudadano LUIS ALBERTO LIZCANO REYES, contra los ciudadanos JOSÉ JESUS DUQUE NARANJO, y su Abogado LUÍS RAFAEL PERFECTO.
SEGUNDO: Notifíquese mediante Boleta a la parte querellante de la presente decisión.
Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en la ciudad de La Asunción, a los treinta y un (31) días del mes de Agosto de dos mil .....