VII.- DISPOSITIVA:
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARA la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, GREGORIS MANUEL NARVAEZ VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V- 16.036.038, domiciliado en la calle Unión, sector Guamachito, casa S/N, cerca del cementerio, Boca de Pozo, Municipio Península de Macanao del estado Nueva Espata.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO EN CONTENIDO Y FIRMA intentada por el Ciudadano ARMANDO IVAN MONTAÑO MEZA, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nro. V- 16.595.588, domiciliado en la calle prosperidad, Quinta Emily, casa S/N, a la lado del estacionamiento del Bloqu.....