...es mi deber inhibirme de conocer la presente acción, por cuanto considero que emití opinión sobre el presente asunto al haber dictado sentencia de fecha 19-05-2.006, la cual fue anulada mediante fallo de fecha 5-03-2.007, dictado por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, lo que encuadro dentro del supuesto establecido en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. Por la razón antes expuesta, me inhibo de seguir conociendo de la presenta causa, y pido sea declarada con lugar por el Juzgado Superior de esta Circunscripción Judicial, la inhibición planteada en los términos que anteceden, igualmente pido muy respetuosamente la aplicación del fallo de fecha 29-11-2000, dictado por la Sala Constitucional del Máximo Tribunal, por el cual se dictaminó como Jurisprudencia vinculante que "...el Legislador estableció una presunción de verdad respecto a l.....