PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO, interpuesta por los ciudadanos VICTOR MANUEL MONTILVA MENDEZ y NELLY MANTILLA GARCIA, sobre el acta asentada en fecha 27-05-87, bajo el N° 73, inserción 29 en el libro de Registro Civil llevado al efecto por ante el Registro Principal del Estado Táchira.
SEGUNDO: Se ordena corregir los errores alegados en dicha acta de la siguiente manera: en relación al ciudadano VICTOR MANUEL MONTILVA MENDEZ, donde se lee: " ... Compareció el contrayente, soltero, albañil, con cédula N° 9331104, de treinta y seis años de edad, nacido el dieciocho de julio de mil novecientos cincuenta...", debe decir: "... Compareció el contrayente, soltero, albañil, con cédula N° 9331104, de treinta y seis años de edad, nacido el dieciséis de julio de mil novecientos sesenta... ", y en cuanto a la ciudadana NELLY MANTILLA GARCIA, donde se lee: "... Y compareció también la contrayente, soltera, de oficio del hogar, de veintiún año.....