OBLIGACION DE MANUTENCION: "El padre se compromete a pasarle a sus hijos anteriormente identificados, la cantidad de CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400,00.) Quincenales, lo que sumará un total de OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs. 800,00.) mensuales, en dinero en efectivo hasta que la madre apertura una cuenta bancaria a nombre de los niños antes identicazos. Los gastos por médicos, medicinas, vestimenta, calzado, deportes, educación, cultura, recreación, será de un cincuenta por ciento (50%) entre los padres y un Bono de Navidad por la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Ropa y Juguetes)." REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR: "El padre tendrá un Régimen de Convivencia Familiar "AMPLIO" respetando el padre los derechos y deberes que asisten a sus hijos establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Las épocas de Carnaval, Semana Santa, Vacaciones Escolares y Decembrinas (24 y 25 de Diciembre la madre y 31 y 01 de Enero el padre) serán alternadas." En tal virtud, esta J.....