En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes, formulada por los ciudadanos CARINA ALVAREZ SIERRA y LEONEL FRANCISCO UTRERA, venezolanos, mayores de edad titulares de las cédulas de identidad N° 11.120.139 y 13.116.751 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 01 de junio de 1996 ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Juan German Roscio del Estado Guarico. ASI SE DECIDE.