IV.-DECISIÓN
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE por la materia para conocer y decidir la presente solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS interpuesta por la ciudadana ANA CRISTINA MARQUEZ de SOULARD, ya identificada; y en consecuencia DECLINA SU COMPETENCIA en el Juzgado Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, quien es el competente por la materia, a los fines que siga conociendo del presente asunto.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión dictada.
REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA y PUBLÍQUESE, incl.....