PRIMERO: CON LUGAR la inhibición propuesta por el Abg. WILIAN RAMÓN RODRÍGUEZ LEÓN, Juez Provisorio del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolín del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, el día 24 de marzo de 2023, en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA, incoado por el ciudadano CRUZ RAMON MARCANO RODRÍGUEZ, en contra del ciudadano JUAN CARLOS PEREZ ROJAS, (expediente Nº T-1-MUN-A-N° 2657-22 numeración particular de ese Tribunal).
SEGUNDO: Se dispone en consecuencia, que el mencionado Juez no debe seguir conociendo de dicho asunto.
TERCERO: De conformidad con el fallo vinculante N° 1175, dictado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 23.11.2010 en el expediente N° 08-1497, en el cual se resolvió que "...las decisiones que resuelvan las incidencias relativas a la recusación o inhibición deberán ser notificadas dentro de las veinticuat.....