Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer y decidir la presente solicitud intentada por los ciudadanos NOELIA CARMEN CASTILLO MARTÍNEZ, WILBERTO TOMAS CASTILLO MARTÍNEZ, y JOSÉ RICARDO CASTILLO MATRTÍNEZ, y declina su competencia al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Gómez y Antolin del Campo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a los fines de que conozca de la presente solicitud.