En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la abogada GLADYS ELOIZA CONTRERAS DIAZ actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte co-demandada ciudadana CRISTINA YAMILETH ESCALANTE VASQUEZ, en contra de la sentencia interlocutoria dictada el 9 diciembre de 2019 por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto apelado dictado el 09-12-2019 por el referido Juzgado de Instancia.
TERCERO: SE CONDENA en costas del recurso a la parte apelante por disposición expresa del artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese incl.....