"esta Jueza Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud incoada por los ciudadanos ALBERT JOSÉ NARVÁEZ VÁSQUEZ, GREGORY RAFAEL NARVAEZ VÁSQUEZ, SAMIRA INES NARVÁEZ RODRIGUEZ, SAMUEL ANDRÉS NARVÁEZ RODRIGUEZ, YAMILIS RAMONA RODRIGUEZ AGUIAR (CONCUBINA) , titulares de las cedulas de identidad números V-16.932.534, V-19.683.146, V-20.903.109, V-24.107.717, V-549.950, V-5.477.500 y V-28.345.140, la última de las nombradas actuando en nombre Propio y en nombre de su hija la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA EN CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN LA LOPNNA), debidamente asistidos por la Abg. MARJUDITH JOSEFINA HERNANDEZ ROSAS, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 139.622
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