... En consecuencia, llenos como están los requisitos de procedencia para decretar la cautelar peticionada, razón por la cual de conformidad con el artículo 585, del Código de Procedimiento Civil, se DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el buque denominado "FREE SOUL", Marca: PERSHING SPA, Bandera: VENEZOLANA, Matricula: ARSH-D-2185, ESLORA: 21,90 Mts, Manga: 5, 46 mts, Serial Casco: IT-ADRP7612F404, propiedad de la parte demandada ciudadano ABRAHAM RAMÓN PALACIOS SEIJAS, plenamente identificado, según costa de documento protocolización por ante el Registro Naval Venezolano de la Circunscripción Acuática Pampatar del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en fecha 7 de Octubre de 2.016, bajo el nro. 7, Folios 18 al 26, Protocolo Único, Tomo 1, Cuarto Trimestre del 2.016. A los fines de hacer efectiva la medida aquí decretada se ordena librar oficio al Registro Naval de la Circunscripción Acuáticos de Pampatar del Estado Bolivariano de Nueva Esparta. Líbres.....