Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio, incoada por la ciudadana BEATRIZ DEL VALLE MARIN GOMEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de Identidad Nro. V-10.203.585, asistida por su Abogado, Abg. ROMULO ENRIQUE RIVERO, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro: 24.832; contra el ciudadano NAPOLEON JOSE MARTINEZ GUEVARA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.200.655, con fundamento en la causal segunda establecida en el artículo 185 del Código Civil, referida al abandono voluntario. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal contraído ante la Prefectura del Municipio Foráneo Matasiete, Municipio Autón.....