Oído lo expuesto por las partes, así como por el imputado en este acto, este tribunal, pasa a decidir y lo hace en los siguientes términos: PRIMERO: Realizado un estudio de cada una de las actuaciones de los intervinientes en el presente acto, y por cuanto hay manifestaciones de previo y especial pronunciamiento, se pasa a resolver lo siguiente: A) Con mandato de resguardo del derecho al debido proceso legal y con orden de no sacrificar la justicia se determina, que dentro de los derechos que tiene la víctima, en el orden práctico, le permiten perseguir personalmente sus intereses en el proceso; pues a pesar de autorizar la prevalencia de presentar Acusación Particular Propia sobre la Acusación Fiscal, puede Adherirse a la Acusación del Fiscal; en este caso la ciudadana ALEXANDRA TORRES ANDARCIA, presentó diligencia querellándose con adherencia a la acusación presentada por el Representante del Ministerio Público; derecho consagrado en la Norma Adjetiva, es por lo que en consecuencia .....