En fuerza de las consideraciones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Inadmisible la apelación interpuesta por la abogada María Salomé Velásquez Millán, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadano Hugo Buonaffina, contra la sentencia dictada en fecha 19-11-2009 por el Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta en el juicio que por Desalojo sigue el ciudadano Hugo Buonaffina contra la ciudadana Idamis Peinado de Pérez
Segundo: Se revoca el auto de fecha 26-11-2009 que oyó la apelación interpuesta por la apoderada judicial de la parte demandante, dictado por el Juzgado Segundo de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscr.....