En razón de los anteriores fundamentos, esta Sala de la Corte de Apelaciones en sede Constitucional, del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: LA INADMISIBILIDAD SOBREVENIDA del presente Amparo Constitucional interpuesta por el Abg. Efraín Moreno Negrín, a favor del ciudadano NELSON NICOLÁS SILVA HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-12.221.080, contra el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. ASí SE DECLARA.
Regístrese en el Libro Diario, publíquese, notifíquese de la presente decisión a las partes. Y trasládese al acusado para ser debidamente impuesto del contenido de la presente decisión
Dada, firmada y sellada en la Sala de la Corte de Apelaciones en .....