..En el presente caso, tanto la doctrina como la Jurisprudencia del máximo Tribunal de Justicia han reconocido la posibilidad que asiste a la parte para recurrir en contra de las decisiones dictadas, inclusive hasta en Casación, por lo que mal obraría este Juzgado en dejar sin efecto su propia decisión, mas aún cuado el apoderado actor en su misma diligencia donde solicita se deje sin efecto el auto dictado por este Tribunal en fecha 10 de Abril de 2.013, impugno la referida decisión con el recurso de apelación. En consecuencia, este Tribunal, NIEGA, la solicitud de nulidad efectuada por el abogado LUIS GABRIEL ROMERO GAVIDIA, en su carácter de apoderado de la parte actora ciudadano GIUSSEPPE RAIMONDI GONZÁLEZ. ASÍ SE DECIDE.