En fuerza de las consideraciones precedentemente expuesta, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de conversión en Divorcio de la separación de cuerpos decretada por este tribunal en fecha 27-03-2015, de conformidad con la última parte del artículo 185 del Código Civil, presentada por los ciudadanos JOSE LUIS FERNANDEZ Y ERIKA NATALY RIVAS JAIMES, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad N° V-12.673.447 y V-17.663.189, respectivamente de este domicilio. SEGUNDO: DISUELTO, el vínculo matrimonial que los unía contraído por ellos en fecha Veinticinco (25) de octubre de 2012, contrajeron matrimonio civil por ante el Registro civil del Municipio García, del Estado Bolivariano de Nueva Esparta de la República Bolivariana de Venezuela, del libro correspondiente. Todo conforme con lo previsto en la última parte del artículo 185 del Código Civil. .....