Con mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA y declara sin lugar la sustitución de la medida de privación judicial preventiva de libertad peticionada por la ciudadana Abg. Maria Bolaños Defensora Publica Penal, en su carácter de representante legal de los ciudadanos Acusados ANIBAL RAFAEL GUILARTE DUBEN, Titular de la Cédula de Identidad Nº 15.422.876, natural de Natural del Porlamar de este Estado, nacido en fecha 25-10-1979, de 30 años de edad, de Profesión u Oficio Taxista y residenciado en la Calle Figueroa, Casa N° S/N de color Roja, Cerca de la Bodega de Milagros, Sector la salina, Juan Griego, Municipio Marcano del estado Nueva Esparta y RAFAEL ANIBAL GUILARTE DUBEN, Titular de la Cédula de Identidad Nº 16.827.352, natural de Natural del Porlamar de est.....