Por todos los razonamientos anteriormente expuestos la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación presentado por el Abogado Rómulo Enrique Rivero Ortega, quien actúa como defensor del ciudadano Acusado Deivis Williams Velerio Rodríguez, plenamente identificado, contra la Decisión de fecha dieciocho (18) de febrero del año dos mil nueve (2009), dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, fundado en el artículo 447 ordinal 5º del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE REVOCA LA DECISIÓN IMPUGNADA Y SE REPONE el Asunto Principal signado con el alfanumérico OP01-P-2007-000414, al estado en que la Juez A quo cumpla con el deber de convocar a la celebración de la Audienc.....