V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por el abogado ALEJANDRO CANÓNICO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, sociedad mercantil "INVERSIONES OASIS, C.A." en contra de la sociedad mercantil "HIELO REY, C.A.", todos identificados.
SEGUNDO: SE ORDENA a la parte demandada, sociedad mercantil "HIELO REY, C.A." dar cumplimiento a la parte in fine de la cláusula sexta, específicamente el ordinal onceavo (11º), del referido contrato privado debidamente reconocido e identificado como macro de fecha 20.12.2004, transfiriendo la propiedad registral a la sociedad mercantil "INVERSIONES OASIS, C.A." del inmueble .....