este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano: MALVIS JOSÉ JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad No. 6.654.545, contra la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA Y MANTENIMIENTO NORIANNYS, C.A., ambos plenamente identificados. SEGUNDO: Se condena a la demandada Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA Y MANTENIMIENTO NORIANNYS, C.A pagar al demandante MALVIS JOSÉ JIMÉNEZ, la cantidad de TRECE MIL DOSCIENTOS DOCE BOLÍVARES CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS (Bs.13.212,24) más lo que resulte de los intereses de mora e indexación en los términos establecidos en la parte motiva de la presente decisión TERCERO: Se condena en costas a la demandada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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