este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA la transacción celebrada entre los abogados Alexandra Rivas Olivero y Rubén González Almirail, apoderados judiciales de las sociedades mercantiles Inversiones Alenmar, C.A. e Inversiones y Construcciones 2005, C.A., parte demandada reconviniente y demandante reconvenida, respectivamente.
SEGUNDO: SE ORDENA expedir por secretaría dos copias certificadas del escrito de transacción, y del presente auto de homologación de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: SE ORDENA la devolución del presente expediente original al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia.
Dada, firmada y.....