Por todos los razonamientos anteriormente expuestos la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto por el Fiscal Cuarto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Abogado Roger Antonio Natera Ruíz, en fecha tres (3) de Marzo del año dos mil cuatro (2004) fundado en el numeral 5° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto por el Abogado Angel Fernando Rosario Cedeño, en su carácter de representante de la Defensa Privada de la Víctima Ciudadana Guadalupe Del Valle Albornoz de López, en fecha tres (3) de Marzo del año dos mil cuatro (2004) con fundamento en el numeral 5° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: REVOCA LA DECISION JUDICIAL pronunciada por el.....