Se observa que en fecha 03-10-2014 se recibe acusación en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado solicitándole sanción en libertad de Reglas de Conducta y Libertad Asistida, estando en espera de la imposición de evidencias.
Igualmente se observa el cumplimiento del imputado, y tomando en consideración lo manifestado por la defensa que la madre del imputado solicita se revoque la medida por cuanto su hijo ha vuelto a residir en la dirección de habitación de la misma y por cuanto se observa que las Medidas Cautelares están dotadas del carácter provisional, y por cuanto pueden ser modificadas, revocadas, sustituidas, en la oportunidad en que se modifiquen los supuestos que le dieron origen, se observa que para la oportunidad en que fuera dictada la medida hasta la presente fecha no han variado los supuestos de imposición, y vista la proporcionalidad entre los delitos que observó ese Tribunal y la sanción de NO privación de libertad que le atribuye el literal a .....