este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en Sede Constitucional, y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano OTTO ALEJANDRO VILLAMIZAR VELASQUEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.826.823, contra la Sociedad Mercantil UNIDAD INTEGRAL DE SALUD, C.A, (UNISA), debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en fecha 26 de Octubre de 2004, anotado bajo el Nº 39, Tomo 34-A.
SEGUNDO: Se ordena la Inmediata Restitución de la Situación Jurídica Infringida y la Ejecución de la Providencia Administrativa dictada por la Inspectoria del Trabajo del Estado Nueva Esparta, de fecha 10 Febrero de 2010, que ordenó el Reenganche del ciudadano OTTO ALEJANDRO VILLAM.....