le imparte su HOMOLOGACION, al desistimiento de la demanda de Divorcio en todas y cada una de sus partes y en consecuencia, se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Se ordena devolver por secretaría los originales solicitados por la solicitante, dejándose copias certificadas de las mismas, las cuales se certificaran de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase una vez sean suministrados los fotostatos respectivos.
LA JUEZA PROVISORIA
ABG. ENMYC ESTEVES PAREJO
EL SECRETARIO,
ABG. MANUEL VÁSQUEZ CHACÍN
EEP/MVC
Exp. T-1-M-MÑO-2023-3533.-