DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones expresamente expuestas, este Tribunal Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento, de la ciudadana ISABEL MARIA PINO, que se encuentra inserta por ante la Prefectura del Municipio Arismendi, bajo el Nº 207, folio vuelto del 6 de fecha 29-10-1934, ordenándose corregir los errores alegados en dicha acta de la siguiente manera: donde se lee "ISABEL DARIA", debe decir "ISABEL MARIA", que es como verdaderamente corresponde.
SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Matrimonio, de la ciudadana ISABEL MARIA PINO, inserta por ante el Registro Civil del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, bajo el Nº 21 de fecha 29-06-1971, ordenándo.....