Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la Abogada JEANNETTE MIRANDA, Defensora Pública Novena Penal de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, en su condición de Defensora de los imputados JOSÉ ANDRÉS GONZÁLEZ MARTÍNEZ, ASTERIO RAFAEL ALFONZO MARTÍNEZ, HENRY ALBERTO CRUCES PACHECO Y MANUEL ALFONZO MARTÍNEZ, ANA AMARILYS GUERRERO RAMÍREZ, contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, en fecha 21 de mayo de 2010, mediante la cual se decretó Medida Judicial Privativa de Libertad en el acto de la celebración de la audiencia de presentación de imputados; al haberse demostrado cumplido los requisitos establecidos en los artículos 250 y 251, para que proceda la Medida J.....