Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano HECTOR LUÍS MOYA contra la Entidad de Trabajo "RESTAURANTE AJI MARGARITEÑO, C.A.", debidamente identificada en autos.
SEGUNDO: Se condena a la Entidad de Trabajo "RESTAURANTE AJI MARGARITEÑO, C.A.", a pagar al ciudadano HECTOR LUÍS MOYA, los conceptos y montos establecidos en la motiva de la presente decisión.
TERCERO: Se ordena la cancelación de los intereses de prestaciones sociales, en base al monto condenado a pagar en la motiva del presente fallo, intereses moratorios, que se calcularan mediante experticia complementaria del fallo, para tal fin, se ordena al Tribunal de Ejecución, según lo dispuesto en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la designación de un único perito.
CUARTO: Se .....