Obligación de Manutención: "...PRIMERO: El padre aportara por concepto de Obligación de Manutención la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (2000,00) mensuales, los cuales pagara en partidas quincenales de BOLIVARES MIL (1000,00), los cuales serán depositados en la cuenta de la entidad bancaria Bicentenario, a nombre de la madre. SEGUNDO: El padre se compromete a cubrir el 50% por concepto de Bono Navideño, para vestidos y juguetes, igualmente el Bono Escolar, para útiles y uniformes. TERCERO: El padre se compromete a cubrir el 50% de los gastos por concepto de gastos médicos, medicinas y otros inherentes a su hija, para su desarrollo integral...". En tal virtud, este Despacho Judicial, ADMITE la misma por no ser contraria al orden público, a la moral pública o a alguna disposición expresa del ordenamiento jurídico y tomando en cuenta la premisa fundamental de la Doctrina de Protección Integral, cual es el Interés Superior del Niño consagrado en el Artículo 3, numeral 1° y 2° de la Conven.....