esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, y Ejecución, habiendo constatado de autos la documentación necesaria a los fines de conceder dicha autorización, prescinde de la celebración de dicha audiencia, y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar con Lugar la Solicitud de Autorización Judicial, incoada por la ciudadana IRENE LOZADA SABOLLA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-20.535.826, en beneficio de su hijo el niño (IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY) de nueve (09) años de edad. SEGUNDO: AUTORIZAR a la ciudadana IRENE LOZADA SABOLLA, antes identificada, para que en nombre y representación de su hijo, el niño antes mencionado, pueda gestionar el cobro de la cuota parte que le corresponda en las acreencias y beneficios en las que resulte acreedor el precitado niño con ocasión al fallecimiento de su abuela patern.....