Revisadas como han sido las presentes actuaciones, se desprende de los folios (37) al (42) que corren insertas en la primera pieza, de la presente Causa N° 3M-142, seguido contra el Acusado FRANCISCO DANIEL VASQUEZ ROMERO, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 455 Ordinal 3° del Código Penal reformado; que esta Juez actuando en Funciones de Juez de Control N° 2 de este Circuito Judicial Penal, celebró Audiencia Preliminar y dictó Decisión mediante el cual, APERTURA A JUICIO el presente Asunto; ahora bien, en atención a lo establecido en el artículo 49 numeral 4° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y a los fines de garantizar el derecho a ser juzgado por el Juez Natural, tal como expresamente lo señala el citado artículo de la norma constitucional en concordancia con los artículos 26 y 255 Ejusdem y a los fines de evitar la posible vulneración del derecho y garantizar la debida imparcialidad que debe tener el Juzg.....