"En consecuencia, este Despacho Judicial de conformidad con el artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la ADMITE, el cual debe tramitarse por el Procedimiento Ordinario establecido en el Capitulo IV, en concordancia con lo establecido en el artículo 177, Parágrafo Primero, Literal "j" y en el artículo 520 de la Ley in comento, por lo que en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 458 de la mencionada Ley, se acuerda la notificación de la parte demandada ciudadana MAGLENIS DEL VALLE PEREZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-14.620.583, a fin de que comparezca por ante este Tribunal al tercer (3er.) día hábil siguiente, en horario de atención al público, a contar de la fecha en que el Secretario deje constancia de su notificación, de conformidad con lo previsto en el artículo 467 ejusdem"