IV.-DECISIÓN:
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE por la materia para conocer la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO incoada por el ciudadano WILFREDO ALEJANDRO ASTUDILLO PALENCIA en contra de la ciudadana ANA VICTORIA REQUENA ESPINOZA, ya identificados; en consecuencia DECLINA SU COMPETENCIA en el Juzgado Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Arismendi, Antolín del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, a los fines que siga conociendo de la presente causa.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.
REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA y PUBLÍQUESE, incluso en el sitio.....