Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda de fijación de la Obligación de Manutención, incoada por la Fiscalía Octava del Ministerio Público especializada en niños, niñas y adolescentes de esta Circunscripción Judicial, por requerimiento de la ciudadana, GLADYS ANTONIA PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nro. V-6.033.195, a favor de sus hijos, "...Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente...", de 17, 12 y 8 años, respectivamente en contra del ciudadano, SALVADOR ANTONIO ORTA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nro. V-3.753.332,.....