VI.- DECISION:
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se admite a sustanciación la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano RICARDO JOSÉ CARABALLO CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-12.887.089, asistido en este acto por el abogado GERMAN ALFONZO ALFONZO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 121.738.
SEGUNDO: Notifíquese a la parte presuntamente agraviante, el JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARIÑO, GARCIA, VILLALBA, TUBORES Y PENINSULA DE MACANAO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, a la orden del juez, Abogado NAPOLEON NUÑEZ HERNANDEZ, con sede en la Avenid.....