Establecido lo anterior, del análisis del escrito libelar se infiere que la parte actora aspira que se le declare propietario del inmueble constituido por un apartamento distinguido con el numero "C" que forma parte de la primera etapa del Conjunto Residencial Agua Marina Suites, situado en Pampatar, Sector El Paraíso (Viacure), en Jurisdicción del Municipio Maneiro del estado Nueva Esparta, el cual tiene una superficie aproximada de Setenta y Tres Metros Cuadrados (73 mtr2), y consta de dos (2) habitaciones, dos (2) baños, cocina, sala-comedor, vestier y closet, correspondiéndole un (1) puesto de estacionamiento, y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: Noreste: Pasillo de circulación; Suroeste: fachada hacia el área recreacional; Sureste: Apartamento C-32 y Noroeste: Fachada hacia áreas verdes, sin embargo, de los recaudos aportados no consta que se haya consignado la certificación del Registro; no cumpliendo así la parte accionante con los requisitos exigidos .....