Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en interés superior de la niña, (Identidad omitida conforme a lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), venezolana, de seis (06) años de edad, en su derecho al libre tránsito, así como el derecho al descanso, recreación, esparcimiento y juegos, consagrados en los artículos 8, 39 y 63 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA EN CADA UNA DE SUS PARTES el acuerdo suscrito por los ciudadanos, JAZMIN JOSEFINA ZAGHBOUR GONZALEZ, y ALI FARHAT PACHECO venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nros° V-16.545.258 V-12.675.124, respectivamente, en cuanto a los siguientes particulares: PRIMERO: El progenitor de la niña, ciudadano, ALI FARHAT PACH.....