Ahora bien como quiera que la imputada: MISTERIA JOSEFINA HERNANDEZ, no hizo uso de ninguna de las Medidas Alternativas a la Prosecución del Proceso y sobre toda la Admisión de Hechos, la cual es la que aquí procede, aun cuando se le ofreció por parte de este Tribunal y como quiera que la misma desea demostrar que los hechos imputados por la representación fiscal, no sucedieron de esa manera y que es inocente tal como consta en su declaración, así como también lo ha manifestado la defensa al solicitar el referido cambio de calificación jurídica, por no estar de acuerdo con ella, se ordena la apertura al Juicio Oral y Público correspondiente, tal como lo prevé el artículo 330 ordinal 2° de la ley adjetiva Penal. Igualmente, se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco (05) días concurran ante el Juez de Juicio a los fines de que tenga lugar la audiencia oral y pública. Remítanse al Tribunal de Juicio competente la documentación de las presentes actuaciones, ordenándose e.....