VI.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la abogada MARÍA ELENA QUINTANA FERNÁNDEZ, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, en contra del auto dictado el 27 de octubre de 2022, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto apelado dictada por el referido Juzgado en fecha 27-10-2022.
TERCERO: SE CONDENA EN COSTAS del recurso a la parte apelante por disposición expreso del artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese incluso en el sitio web del Tribunal Suprem.....