Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y Bienes, interpuesta por los ciudadanos DAVID JOSUE MENESES RODRÍGUEZ y YENDY YINDIRA ANGARITA SAEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos.18.549.818 y 20.538.150, respectivamente, y que fuera decretada en fecha 31 de marzo de 2009. En consecuencia, se disuelve por Divorcio el vínculo matrimonial contraído en fecha 27 de diciembre de 2005 ante la Prefectura del Municipio Marcano del Estado Nueva Esparta, que unía a los ciudadanos DAVID JOSUE MENESES RODRÍGUEZ y YENDY YINDIRA ANGARITA SAEZ, plenamente identificados ut.....