D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se DECLARA CULPABLE al ciudadano WILFREDO ANTONIO ACEVEDO TINEO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-11.903.814, fecha de nacimiento 10-06-1973, nacido Barcelona, estado Anzoátegui, hijo de Irma Tineo de Acevedo (V) y Simón Acevedo (v), domiciliado en la Urbanización Villa Rosa, vereda 85, casa N° 37-25, Municipio García, Estado Bolivariano de Nueva Esparta. Teléfonos 0426-189-9620, 0426-189-9169; por ser autor y responsable de la comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados en los artículo 39 y 40 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos.....