DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por Cobro de Bolívares incoada por el CONDOMINIO DEL EDIFICIO LAGUNA SUITES II, contra el ciudadano ITALO VITTORIO PARODI, italiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-81.685.392.
SEGUNDO: CON LUGAR, el pago de la cantidad de DIESINUEVE MIL QUINIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES CON NOVENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 19.525,95), correspondientes a veinticuatro (24) cuotas de condominio vencidas y no pagadas, desde el mes de Julio del 2.009, hasta el mes de Junio del 2.011, ambas inclusive.
TERCERO: CON LUGAR, el pago de los intereses moratorios, causados desde el día de la mora hasta el día en que la sentencia quede definitivamente firme, las cuales serán calculadas por experticia complementaría del fallo.
CUARTO: Se condena en costas a la parte .....