DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por incumplimiento de contrato de arrendamiento incoada por la ciudadana MARÍA CLAUDIA VARGIU PUCHE contra la ciudadana ELIZABETH PARRA FERNANDEZ.-
SEGUNDO: Se ordena la entrega material del inmueble constituido por un local comercial, que mide cuatro metros con cuarenta centímetros (4,40 Mts.) de ancho por un metro ochenta centímetros (1,80 Mts.) de fondo, para una superficie aproximada de siete metros noventa y dos centímetros (7,92 Mts.) y consta de las siguientes características: un baño con lavamanos y poceta pequeños marca Venceramica de color blanco y puerta .....