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Decisiones del dia 21/09/2011

Formato:  Ficha  Lista

Paginas Ant 1 2 3 4 5 6 7 8 [Total de sentencias: 73] Página 8 de 8
N° Expediente : 330-2003 N° Sentencia : Fecha: 21/09/2011
Procedimiento:
Perención
Partes:
PARTE DEMANDANTE: ALCALDÍA DEL MUNICIPIO MARIÑO DEL ESTADO NUEVA ESPARTA
Resumen:
Vista las anteriores consideraciones, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara de oficio la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con los artículos 14,267 y 269 del Código de Procedimiento Civil. Primero: LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente causa. PUBLIQUESE, REGISTRESE, DIARISECE Y DEJESE COPIA Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. En Porlamar, A los veintiun (21) de septiembre de dos mil once (2011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
Juez/Ponente:
Juan José Anuel Valdivieso
Organo:
Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, Garcia, Tubores, Villalba y Peninsula de Macanao
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N° Expediente : A-7984-04 N° Sentencia : A-7984-04 Fecha: 21/09/2011
Procedimiento:
Abocamiento
Partes:
QUERELLADO:CRUZ JOSÉ MAGO REYES/QUERELLANTE:CARMEN MAGO REYES Y OTROS
Resumen:
, me aboco al conocimiento de la presente causa y tomo conocimiento de los autos, a los fines de proveer lo conducente, con la advertencia que una vez que conste en autos la última de las notificaciones de las partes en el presente juicio, comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días de despacho a que se refiere el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, y concluido dicho lapso se computarán los tres (3) días de despacho que se les conceden a las partes intervinientes del juicio, a los fines de allanarme si existe inhibición, o recusarme, de conformidad con lo previsto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, y transcurrido los cuales, continuará la causa en el estado en que se encontraba para el momento de su paralización. Líbrense las correspondientes boletas de notificaciones. Cúmplase.
Juez/Ponente:
Jorge Huerta Polidor
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario
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N° Expediente : A-11161-10 N° Sentencia : A-11161-10 Fecha: 21/09/2011
Procedimiento:
Abocamiento
Partes:
DEMANDANTES:SAMUEL ENRIQUE RUIZ Y ZENAIDA ROSA VELÁSQUEZ CARREÑO
Resumen:
, me aboco al conocimiento de la presente causa y tomo conocimiento de los autos, a los fines de proveer lo conducente, con la advertencia que una vez que conste en autos la última de las notificaciones de las partes en el presente juicio, comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días de despacho a que se refiere el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 233 eiusdem, y concluido dicho lapso se computarán los tres (3) días de despacho que se les conceden a las partes intervinientes del juicio, a los fines de allanarme si existe inhibición, o recusarme, de conformidad con lo previsto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, y transcurrido los cuales, continuará la causa en el estado en que se encontraba para el momento de su paralización. Líbrense las correspondientes boletas de notificaciones. Cúmplase.
Juez/Ponente:
Jorge Huerta Polidor
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario
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