Este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a las previsiones del artículo 347, 349 y 375 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el artículo 110 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se DECLARA CULPABLE al ciudadano ALEJANDRO JOSE DIAZ, por ser autor y responsable del delito de ACTOS LASCIVOS, previsto y sancionado en el artículo 45 de la Ley Orgánica del Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en agravio de la Niña victima, cuya identificación se omite por disposición del artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección, Niño, Niñas y Adolescente. En consecuencia, se le CONDENA a cumplir la pena en definitiva UN (1) .....