este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano PEDRO ENRIQUE VELASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.862.342, en contra de la Empresa SALON DE BELLEZA CARITAS C.A. ambas partes debidamente identificadas. SEGUNDO: Se condena a la Empresa SALON DE BELLEZA CARITAS C.A. pagar a la actora. TERCERO: Se ordena la cancelación de los intereses sobre prestaciones sociales, en base al monto condenado a pagar, intereses moratorios e indexación, que se calcularan mediante experticia complementaria del fallo, para tal fin, se ordena al Tribunal de Ejecución, según lo dispuesto en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la designación de un único perito, el cual tendrá las siguientes directrices.....