PRIMERO: CON LUGAR la solicitud formulada por el ciudadano JONATHAN EDUARDO ÁVILA WETTER, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.006.737, asistido del abogado en ejercicio Diógenes Rafael Carreño Rodríguez, Inpreabogado bajo el Nº 44.492. Asi se declara.
SEGUNDO: HOMOLOGADA la AUTORIZACIÓN DE CAMBIO DE RESIDENCIA otorgada por el ciudadano JONATHAN EDUARDO ÁVILA WETTER, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.006.737, asistido del abogado en ejercicio Diógenes Rafael Carreño Rodríguez, Inpreabogado bajo el Nº 44.492, en beneficio de la niña IDENTIDAD OMITIDAD Articulo 65, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, quien estará residenciada con su madre en Arrasate Guipúzcoa, Código Postal 20500, Calle Ferreria Nº 22, Piso 2, Republica de España. Asi se establece.
TERCERO: Como consecuencia de dicha declaratoria la CUSTODIA de la NIÑA IDENTIDAD OMITIDAD Articulo 65, de la Ley Orgánica para la Protección.....