V.- DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Mariño, García, Villalba, Tubores y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO fundamentada en el DESAFECTO, interpuesta por los ciudadanos OMAR ALFREDO CAMEJO CASTELLANOS y DIANA ABOUJIAN DANIALIAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-12.095.923 y V- 13.928.531, representados por sus apoderados judiciales las abogadas CATHERINE DEL VALLE HERNÁNDEZ GONZÁLEZ y MARIA GABRIELA FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 305.090 y 115.010.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que une a los ciudadanos OMAR ALFREDO CAMEJO CASTELLANOS y DIANA ABOUJIAN DANIALIAN, ve.....